La DGT ha anunciado por los canales oficiales su intención de obligar a contratar un seguro de responsabilidad civil para circular en VMP. Creemos que es ilegal e indeseable uso de los VMP en las aceras es la principal causa de la presión de los Ayuntamientos hacia la DGT para que regule una obligatoriedad del seguro para VMP; una patata caliente que se pasan de unos a otros para eludir la responsabilidad de un mayor control en dichas aceras, de forma que sean exclusivas para quienes caminan.

Aclaremos que TODOS los VMP de alquiler ya llevan un seguro obligatorio. Aquí estamos refiriéndonos al seguro para VMP particulares.

Hemos recopilado varios argumentos en contra de esta medida:


Argumento 1: No va a solucionar el problema en las aceras.

Quien no tiene interés en cumplir las normas, que es quien va por la acera generando violencia vial contra todo tipo de personas, es quien probablemente tampoco va a llevar seguro.  El seguro obligatorio lo que consigue es perjudicar y desincentivar a aquellas personas que desean circular cumpliendo las normas, cargando en ellas la responsabilidad ocasionada por la falta de vigilancia policial de las aceras.

Si no se ha vigilado suficientemente hasta ahora las aceras para sancionar a quien circula por ellas, ¿por qué ahora se iba a vigilar para sancionar por no llevar seguro? ¿Va a cambiar la disposición o recursos policiales para ello? (porque eso requerirá nuevo trabajo y recursos; ver argumento «9»).

Es decir, en lugar de vigilar las aceras, se pretende hacer que las personas responsables paguen los daños de las irresponsables. O, dicho de otra forma, los problemas provocados por el incumplimiento de las normas no se solucionan con más normas, sino con más multas

No llevar seguro no significa que la víctima no reciba indemnización, sino que la persona que genera el accidente debe pagarla de su bolsillo, con sus bienes presentes o futuros y, si es menor o vive con sus progenitores, serán éstos los responsables civiles subsidiarios. El seguro es más bien un asunto de gestión económica personal (igual que un seguro de vida o de hogar, que no son obligatorios, pero se pueden contratar para cubrirse personalmente de esos problemas).

Las personas que incumplen sistemáticamente esas normas elementales, no porque sea obligatorio van a llevar ese seguro, igual que no dejan de usar la acera porque esté prohibida.

Tampoco el obligar a seguro va a hacer que quien genera un accidente no se de a la fuga. Si se da a la fuga, no hay forma de reclamar nada a esa persona ni a su posible seguro.

La flagrante y evidente falta de actuación policial (por falta de recursos o por otras causas), permitiendo de facto que bicis y patinetes vayan en aceras, hace un enorme daño a la movilidad sostenible y genera el mayor argumento de la población en contra de estos vehículos: el uso de aceras y el daño que provoca el mismo. Esto puede constatarse en todos los comentarios, artículos, entrevistas y debates sobre este tema.

Nuestro problema como imagen de colectivo es claramente el uso indebido en las aceras, con el que estamos totalmente en contra. Los colectivos organizados hemos solicitado siempre a la policía una mayor implicación y sanciones para esos comportamientos de violencia vial.

Por otra parte, podemos verlo como una medida de descargo de responsabilidad del Ayuntamiento, ya que tiene una responsabilidad «in vigilando». Es decir: debido a que hay poca vigilancia, hay mucho incumplimiento y, teóricamente, según criterio de Fiscalía de Seguridad Vial, la responsabilidad subsidiaria sería de los Ayuntamientos que, flagrantemente, no hacen (o no pueden hacer) cumplir esas normas. Un seguro obligatorio, descarga esa responsabilidad en todo un colectivo, de forma indiscriminada, en lugar de tomar las medidas contra esas personas o, al menos, hacer campañas efectivas.


Argumento 2: Desincentivará el uso de un vehículo sostenible clave en el cambio modal necesario.

(Fuente: encuesta entre 1700 personas realizada por Fundación Línea Directa en 2022)

La imposición del seguro desincentivará el uso de los VMP y, como vehículo sostenible que es, iría en contra del fomento de la movilidad sostenible y de muchos de los argumentos esgrimidos en la Ley de Movilidad Sostenible, que es un compromiso del Gobierno de España para ser acreedor de los fondos Next Generation y, en su argumentación, indica «el reto climático y la salud exigen la adaptación del sistema de transporte hacia una movilidad limpia, menos vinculada a la utilización del vehículo privado«.

Los argumentos aquí son los mismos que en el caso de la obligatoriedad del casco: Habrá menores posibilidades para el necesario cambio modal desde el coche, con todas las consecuencias que trae. Esos coches que podían haberse cambiado por VMP generarán perjuicios a toda la población:

  • Más contaminación del aire
  • Más ruido
  • Más costes y gravedad por el Cambio Climático
  • Más ocupación del espacio público
  • Más atascos
  • Más accidentes y más graves
  • Más estrés urbano y pérdida de sociabilidad
  • Más costes asociados al uso de los vehículos privados, sobre todo de combustión

La argumentación y datos completos de todos estos puntos está documentada en www.vpe.es/beneficios 


Argumento 3: Argumentación jurídica. La directiva europea sobre el seguro obligatorio indica claramente que no debería aplicarse a vehículos de baja velocidad y baja masa.

La Directiva europea 2021/2118, relativa al seguro de vehículos automóviles, especifica 42 consideraciones previas al desarrollo de la directiva y, en las 3 primeras, deja bien claro que los vehículos ligeros y lentos no deberían tener seguro obligatorio:

En el punto 3, en relación a los «vehículos» a los que se refiere la norma, indica: «La definición debe basarse en las características generales de dichos vehículos, en particular su velocidad máxima de fabricación y su peso neto«, dando a entender claramente que, aunque sea un vehículo movido a motor, no es el objeto de este seguro obligatorio.

En el punto 4 lo deja más claro: «Los vehículos eléctricos ligeros que no entren en la definición de «vehículo» deben quedar excluidos«.

En el punto 6 todavía queda muchísimo más claro: «Algunos vehículos automóviles son más pequeños y, por lo tanto, menos susceptibles que otros de causar daños corporales o materiales significativos. Su inclusión en el ámbito de aplicación de la Directiva 2009/103/CE sería desproporcionada y no tendría perdurabilidad en el tiempo. Su inclusión también socavaría la implantación de vehículos más modernos, como las bicicletas eléctricas, que no están accionadas exclusivamente mediante una fuerza mecánica, y desalentaría la innovación. Además, no hay pruebas suficientes de que estos vehículos más
pequeños puedan provocar accidentes en los que haya perjudicados en la misma escala que los que puedan provocar otros vehículos, como los automóviles o los camiones
. Conforme a los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, los requisitos a escala de la Unión solo deben aplicarse por tanto a los vehículos definidos como tales en la Directiva 2009/103/CE.
«

Ya en el articulado tenemos:

Artículo 1 (definición de vehículo objeto de esta directiva): «una velocidad máxima de fabricación superior a 25 km/h, o un peso neto máximo superior a 25 kg y una velocidad máxima de fabricación superior a 14 km/h». Es decir, VMP con peso inferior a 25 kg no entrarían.

Artículo 9 (cuantías mínimas de la cobertura): «respecto de los daños corporales: 6.450.000 EUR por accidente«. Es decir, más de 6 millones de euros, que es una cifra que requeriría una cuantía del seguro desproporcionada para el daño que puede realizar estos vehículos limitados en velocidad y de baja masa.

Las directivas europeas, aunque requieren una trasposición a la legislación estatal, son vinculantes en cuanto a objetivos, por lo que entendemos que el espíritu de esta nueva normativa europea no se cumpliría con la ejecución de la obligatoriedad del seguro VMP en España.


Argumento 4: La gran mayoría de seguros de RC que hoy en día existen no cubren daños por siniestros en las aceras.

No se puede circular en VMP en aceras y, por lo tanto es ilegal y ningún seguro actual cubre un daño a terceras personas en ese caso. En todos los que conocemos se excluye ese caso mediante una cláusula.

Nota: Un futuro posible seguro obligatorio de VMP tampoco cubriría la responsabilidad de quien atropella en ese caso, salvo que se legisle así específicamente. (al igual que el SOA cubre RC en la mayoría de casos de conducción ilegal, salvo drogas/alcohol, conductas dolosas y alguna otra, en cuyo caso el seguro repercute el coste a la persona responsable).

Reflexiones: Si vamos a circular por calzadas y vías ciclistas, ¿qué daño enorme podemos hacer que justifique tal palo en la rueda de la movilidad sostenible?. En todo caso, el balance coste (desincentivación)/beneficio de esa obligación es enorme, por pérdida de beneficios para toda la ciudadanía.


Argumento 5: Hay seguros para VMP desde 15€/año, lo que indica su bajísima siniestralidad.

Si alguien sabe de siniestralidad son las compañías de seguros, y actualmente están ofertando seguros de RC para VMP asequibles (alrededor de 15-25€/año las más básicas) debido obviamente a la baja siniestralidad causada por VMP y a tener que captar clientes no obligados a contratarlos.

Además, con la imposición de suscribir un seguro nos convertimos en un mercado cautivo y en expansión, con lo cual, la subida de precios está servida ya que, por malo o caro que sea el seguro, hay que hacerlo, sí o sí. Y no hablemos ya de la posibilidad del ilegal pacto de precios al que podrían llegar las compañías aseguradoras, como ha ocurrido en otros sectores.


Argumento 6: Hay un trasfondo de negocio para aseguradoras y «otros» intereses que empujan a ello.

No es un argumento en sí, pero puede ser una explicación que suma y sigue sobre esta decisión. Como se puede comprobar en muchos de esos «eventos» de «seguridad», quien estaba tras esa organización en la que se invitaba a la DGT es, «casualmente», empresas aseguradoras. Se busca que las aseguradoras hagan negocio a costa de poner barreras a la movilidad sostenible, perjudicando a toda la ciudadanía.

Un ejemplo de evento organizado por aseguradora


Argumento 7: Causamos muy pocos accidentes.

Según los datos de la DGT, los VMP están implicados (no son causantes, como indican muchos medios) en 1300 accidentes en todo un año y en toda España y, de los cuales, en la mayoría, el VMP es la víctima. Son muy pocos accidentes en los que el causante es el VMP como para infligir tal daño al desarrollo de la movilidad sostenible.

Es decir, no hay una argumentación estadística sobre el coste de esos daños que han causado los VMP y en los que no se haya podido responder con el patrimonio personal (por no tener seguro voluntario o integrado en el del hogar). Estamos hablando de una cifra total enorme (costo de esos seguros obligatorios para todo el mundo, sea o no responsable) frente a una cifra ínfima.


Argumento 8: Hay una confusión en algunos argumentos indicado que el seguro cubre a la persona conductora de VMP y que es bueno porque es un colectivo muy damnificado.

Una parte de la presión tendente a la obligatoriedad es originada por una confusión que se repite. El seguro de RC cubre los daños causados por la persona conductora de VMP a otra persona cuando la causante es el VMP. Se está usando el argumentario, por cierto, falso también, que somos un colectivo que «sufrimos» muchos accidentes. El seguro de Responsabilidad Civil para los accidentes sufridos por una misma persona es inútil; solo cubriría los daños a OTRA persona (y eso si no se conduce por aceras, a no ser que específicamente lo cubra en el contrato, cosa que actualmente no ocurre).

Ejemplo de información incorrecta. No. El seguro obligatorio no cubriría los daños sufridos a la persona conductora de VMP. La fotografía y el texto son engañosos. Ahí un seguro obligatorio RC no serviría para nada. Vemos, por otra parte, a la patronal de las empresas aseguradoras (Unespa), implicada e interesada, lógicamente, en esta decisión.
Otra información engañosa, esta vez en la Revista de la DGT. Da a entender visualmente que el seguro cubriría ese accidente.


Argumento 9: El coste de gestionar el seguro puede ser más alto que su posible resarcimiento por otra vía.

Tenemos el caso de Suiza con las bicicletas, donde el coste de gestionarlo era superior que el de los pocos accidentes que había y dieron marcha atrás en 2012.

Obligar a un seguro lleva aparejado algo de forma simultánea: matrícula. Y eso supone crear una BBDD estatal con todos los VMP en circulación, con el coste burocrático que todo esto supone, además de limitar la movilidad a nivel europeo.


Argumento 10: Es una norma que perjudica a las clases más desfavorecidas.

Tal como se está viendo de forma evidente, el crecimiento de este medio es muy alto. Es normal debido a todos los beneficios que conlleva a la persona que lo usa. Estos beneficios personales arrastran beneficios colectivos, por lo que debería ser un medio regulado, lógicamente, pero con una regulación mínimamente necesaria para conseguir un mayor beneficio colectivo. Una de las grandes razones individuales para usarlo es su bajo coste y su posibilidad de usarlo en combinación con el transporte público, economizando en costes personales, posibilitando acceder a trabajos y ganando tiempo para la conciliación, siendo además el medio con la menor brecha de género (artículo).

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